Jan 12, 2010
Tepotzotlán en la lucha por conservarse
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Declaratoria de Zona de Monumentos Históricos
Para darnos cuenta de la importancia que es la conservación de nuestros edificios históricos, Tepotzotlán a través de la labor del Museo Nacional del Virreinato y Conaculta, está por recibir la Declaratoria de Zona de Monumentos Históricos, por lo tanto es muy importante que conozcamos su antecendentes y en que consiste. Concepto de Zona de Monumentos Históricos Es necesario mencionar que una ZONA DE MONUMENTOS HISTÓRICOS.- Es el área que comprende varios monumentos históricos relacionados con un suceso nacional o la que se encuentre vinculada a hechos pretéritos de relevancia para el país.
En el caso de Tepotzotlán comprende el edificio completo que alberga el Museo Nacional del Virreinato y en su exterior diversas edificaciones que comprenden el área principal de la cabecera municipal. Objetivo Obtener el reconocimiento formal de un área que comprende uno o varios monumentos históricos inmuebles que tienen un valor relevante en el desarrollo cultural de una determinada región, mediante la publicación de la declaratoria de zona de monumentos históricos correspondiente, con la finalidad de coordinar de la mejor manera las acciones de los distintos niveles de gobierno para la conservación y preservación, no sólo del patrimonio histórico edificado, sino de su entorno y visuales de la zona propuesta. Compete al Instituto Nacional de Antropología e Historia, el procedimiento y la elaboración de proyectos de declaratorias de Zonas de Monumentos Históricos; así como el proceso de tramitación, dictaminación y seguimiento de la formalización de los proyectos de declaratoria; mismos que previa verificación y sanción de las diversas instancias gubernamentales involucradas, son expedidas por el Ejecutivo Federal, desprendido de sus facultades Constitucionales y que son publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
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Del expediente técnico del proyecto de decreto de declaratoria Para llevar a cabo la elaboración del expediente técnico del proyecto de decreto de declaratoria implica la realización de una serie de actividades, como trabajos que a continuación se enuncian: Trabajo Gestión. El cual implica el establecimiento de Compromisos y acuerdos con los organismos involucrados, etc. Trabajo de gabinete. Que implica entre otros, la Investigación documental en biblioteca, archivo, mapoteca y fototeca; Fichas bibliográficas, Documentación gráfica, Fotografías históricas, Cartografía histórica, Cartografía territorial, Cartografía actual de la localidad y zona de estudio, Planos catastrales, Fotografía aérea, etc. Trabajo de campo. Que implica recorridos de prospección y levantamientos de información urbana, arquitectónica e histórica, Levantamiento arquitectónico, Morfología urbana: emplazamiento, tipo de traza, estructura urbana, nomenclatura y espacios públicos, Levantamiento fotográfico, Levantamiento de aspectos históricos y culturales generadores de identidad nacional, Ubicación de los monumentos históricos, Predefinición del perímetro de protección. A la fecha el expediente técnico se encuentra totalmente concluido y solo se están realizando trabajos de gestión con las diferentes instancias del gobierno federal involucradas, para poner a disposición del Ejecutivo Federal para su aprobación y publicación del decreto de Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación (DOF). De los beneficios Dichos trabajos, entre otros, culminan con la publicación del decreto de Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación (DOF); entendiendo por DECRETO DE DECLARATORIA.- como el acto jurídico-administrativo mediante el cual, el Presidente de la República, declarara que determinada área debe ser considerada como Zona de Monumentos Históricos, en el caso que nos ocupa se pretende sea declarado como zona de monumentos históricos el centro histórico de Tepotzotlán, comprendido en el área propuesta. De resultar publicado el decreto de declaratoria Zona de Monumentos Históricos, garantizará una protección legal y jurídica, en el ámbito de la legislación nacional, logrando la conservación y preservación, no sólo del patrimonio histórico edificado, sino de su entorno y visuales, del centro histórico de Tepotzotlán, así como de la zona propuesta, asegurando un legado histórico, para las futuras generaciones. La protección legal y jurídica se asegura, toda vez que las zonas de monumentos se encuentran sujetas a la jurisdicción de los Poderes Federales, en los términos prescritos por la LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS, de su Reglamento y de la supremacía constitucional establecida en el articulo 133 de Nuestra Carta Magna, por lo que tiene aplicación en toda la República y que constriñe a toda la población, así como a los entes públicos y privados, a su estricto cumplimiento; asegurando así un legado histórico para las futuras generaciones; siendo ésta es una de las prioridades y objetivos del Instituto Nacional de Antropología e Historia y de éste Museo Nacional del Virreinato.
Fuente: Museo Nacional del Virreinato |
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